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ENTIDADES DE REASEGUROS

Transferencia de los riesgos asumidos por una entidad de seguros a otra, que es la reaseguradora. A la entidad aseguradora se la llama cedente y a la reaseguradora, aceptante. Por la cesión del riesgo y la correspondiente parte de primas, la reaseguradora pagará una comisión a la aseguradora. En caso de siniestro, la aseguradora indemnizará al asegurado y posteriormente se lo cobrará a la reaseguradora.

En inglés: Reinsurance company.

 

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