Enciclopedia de Economia
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ORGANIZACIONES COMUNES DE MERCADO

Para alcanzar los objetivos de la Política Agrícola Común (PAC) se crearon en la Comunidad Económica Europea (CEE) las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM), cuyos primeros reglamentos datan de 1962. En la actualidad, las OCM afectan a todos los productos que tienen alguna importancia en la CEE. La existencia de las OCM comporta que cada producto agrícola comunitario disponga, en general, de un sistema de precios, de un régimen de intervención y de un régimen de intercambios con el exterior. Para hacer frente a los coste
s derivados de la aplicación de la PAC se creó en el seno de la CEE el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícolas (FEOGA), que se nutre con fondos del presupuesto comunitario, con dos Secciones: la Sección Garantía, que financia los gastos que el funcionamiento de las OCM comporta, y la Sección Orientación, que financia los gastos de la política socio-estructural.

Según el grado de protección ofrecido al agricultor, las OCM se pueden clasificar en cuatro grupos:

1) garantía total, mediante la compra al precio de intervención de las cantidades que les son ofrecidas;

2) protección de la competencia exterior, por medio de barreras arancelarias y tasas compensatorias;

3) ayudas por cantidad de producto;

4) ayudas a tanto alzado, por hectárea de terreno cultivada.

La política agrícola de la CEE ha llevado a que en determinados sectores productivos se originaran importantes excedentes de producción, lo que determinó la adopción de medidas de diferentes tipos: tasa de corresponsabilidad (sector lácteo), cuotas de producción (sector azucarero) o régimen de plantaciones (sector vitivinícola).

 

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